
¿Qué es la determinación presuntiva?
La administración tributaria (SRI) realizará la determinación presuntiva cuando el sujeto pasivo no hubiese presentado su declaración y no mantenga contabilidad o, cuando habiendo presentado la misma no estuviese respaldada en la contabilidad o cuando por causas debidamente demostradas que afecten sustancialmente los resultados.
Determinación presuntiva del Impuesto a la renta para el ejercicio fiscal 2023.
Se establece los siguientes coeficientes de estimación presuntiva de carácter general de impuesto a la renta por ramas de actividad económica, para el ejercicio fiscal 2023.
Aplicación de los coeficientes.- Los coeficientes señalados en los artículos anteriores se aplicarán multiplicándolos por los rubros de: total de ingresos, total de activos, total de costos y gastos, según corresponda, y se escogerá el mayor de los resultados para efecto de la determinación presuntiva.
Caso especial.- En caso de que el contribuyente ejerza más de una actividad económica, la aplicación de los coeficientes de determinación presuntiva se realizará por cada actividad, constituyéndose como base imponible global la suma total de rentas determinadas presuntivamente.
Actividades específicas.- Los coeficientes establecidos en la presente resolución no serán aplicables respecto de aquellas actividades económicas o ingresos sobre los cuales la Ley de Régimen Tributario Interno ha establecido un régimen específico de determinación presuntiva de la base imponible y el impuesto a la renta causado, así como para aquellas actividades económicas sujetas a un régimen específico, simplificado o único de impuesto a la renta.
Excepciones a la aplicación de coeficientes.- No se aplicará coeficientes de determinación presuntiva sobre las siguientes fuentes de ingresos:
• Rendimientos de capital o patrimonio;
• Trabajo en relación de dependencia;
• Enajenación de derechos representativos de capital y otros derechos de exploración, explotación o similares;
• Loterías, rifas y similares;
• Herencias, legados y donaciones; e
• Incremento patrimonial no justificado.
Fuente: NAC-DGERCGC25-00000002