Se modifica la resolución sobre el Anexo Minero

Se modifica la resolución sobre Anexo Minero

En la Resolución NAC-DGERCGC25-00000004, publicada en el quinto suplemento del Registro Oficial 750, de 24 de febrero de 2025, que expidió las normas que establecen la obligación, las condiciones, plazos y las excepciones para la presentación del “Anexo Minero”, realícense las siguientes modificaciones:

1. En el artículo 2 modifíquese lo siguiente:
a) En el numeral 3 elimínese lo siguiente: “transporte,”
b) A continuación del numeral 3 agréguese el siguiente numeral:
“4. Contribuyentes que comercializan oro no monetario con el Banco Central del Ecuador”.

2. Sustitúyase el artículo 3 por el siguiente:
“Art. 3. Excepciones. - Se excluyen de la presentación del anexo minero:
a) Los titulares de permisos de minería artesanal que no sean contribuyentes que comercializan oro no monetario con el Banco Central del Ecuador, y b) Los titulares de concesiones mineras otorgadas para la explotación de áridos y pétreos.”

3. A continuación del artículo 8 agréguese lo siguiente:
“Art. 9. - Los sujetos pasivos establecidos en el artículo 2 de la presente Resolución, deberán presentar una copia de los contratos de operación, de mandato y de venta de mineral, así como, sus adendas, aplicables para los periodos que se informen en el “Anexo Minero”, en las ventanillas del SRI, a nivel nacional o a través del portal del SRI en línea www.sri.gob.ec, sección tramites-ingresos de trámites y anexos virtuales, hasta el 31 de diciembre del ejercicio fiscal en el que se suscriban dichos contratos y adendas.”

4. Sustitúyase la disposición transitoria Primera por la siguiente:
“Primera. - Los sujetos pasivos establecidos en el artículo 2 de esta Resolución, deberán presentar hasta el 31 de mayo de 2025, una copia de los contratos de operación, de mandato y de venta de mineral, así como, sus adendas, aplicables para los periodos fiscales 2022, 2023 y 2024, y los suscritos hasta esa fecha, en la secretaría de las agencias del SRI a nivel nacional o a través del portal del SRI en línea www.sri.gob.ec, sección tramites-ingresos de trámites y anexos virtuales.” 

Fuente: NAC-DGERCGC25-00000007

Édison Estévez 

Escrito por

Édison Estévez

Administrador de Empresas · Diplomado en Tributación Aplicada

Diplomado en Tributación Aplicada Tabla Tributaria desde 2010 Observatorio tributario

Especialista en tributación ecuatoriana con más de 15 años de trayectoria. Autor de la Tabla Tributaria, compendio informativo tributario con derechos de autor registrados (No. 021055), publicado desde 2010 y actualizado con cada resolución del SRI. Fundador de Ekosocial Corp. y operador del observatorio de política tributaria tributos.org. Brinda servicios de preparación de declaraciones de impuestos.

 

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