Base imponible y tarifa de Patente del Distrito Metropolitano de Quito para los sujetos pasivos que no están obligados a llevar contabilidad

Patente Metropolitano Quito

Base imponible. - La determinación de la base imponible del impuesto de Patente será:
Para los sujetos pasivos que no estén obligados a llevar contabilidad, se establece un esquema de cuota fija anual;

Tarifa para sujetos no obligados a llevar contabilidad. - Los sujetos pasivos del impuesto de Patente no obligados a llevar contabilidad deberán cancelar anualmente la tarifa única de USD 15,00 por cada Registro Único de Contribuyentes.
La trabajadora y trabajador autónomo cancelará, por concepto de patente, la tarifa mínima establecida por el COOTAD.

Artículo 1538.1 y 1538.2 
Ordenanza Metropolitana 086-2024
26-XII-2024

Édison Estévez 

Escrito por

Édison Estévez

Administrador de Empresas · Diplomado en Tributación Aplicada

Diplomado en Tributación Aplicada Tabla Tributaria desde 2010 Observatorio tributario

Especialista en tributación ecuatoriana con más de 15 años de trayectoria. Autor de la Tabla Tributaria, compendio informativo tributario con derechos de autor registrados (No. 021055), publicado desde 2010 y actualizado con cada resolución del SRI. Fundador de Ekosocial Corp. y operador del observatorio de política tributaria tributos.org. Brinda servicios de preparación de declaraciones de impuestos.

 

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